Factura electrónica

Introducción

A partir del pasado jueves 22 de agosto, cada vez que se solicite una nueva impresión de facturas a una imprenta, se deberá confirmar la solicitud a través de la opción Agencia Virtual de SAT.

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La medida busca que los contribuyentes se adapten a la plataforma de agencia virtual; para que al ser obligatoria la emisión de facturación electrónica (FEL);  el contribuyente o su Contador, puedan emitir estos documentos fácil y rápido.

  1. Factura Electrónica

La Factura Electrónica, no es la que se imprime en una máquina registradora,  POS, o impresora normal; la Factura electrónica se caracteriza por ser elaborada en línea, y quedar registrada en el sistema de SAT.

Actualmente existen dos modalidades para emitir facturación electrónica:

  1. Modalidad FACE
  • Es proporcionada por empresas privadas; autorizadas por SAT
  • Maneja costos mensuales o anuales según sus políticas y/o contratos
  • Presenta un reporte mensual, por cada contribuyente al que brinde el servicio
  • Las facturas son emitidas por la empresa privada o usuario dado al contribuyente
  1. Modalidad FEL
  • Es proporcionada por SAT, a través de la herramienta Agencia Virtual
  • Es gratis; no genera ningún costo el afiliarse a esta modalidad
  • Todo documento generado queda guardado en el sistema de SAT
  • Son emitidas por el contribuyente, o su Contador o la persona a quien le hayan sido proporcionados el usuario y contraseña de Agencia Virtual.
    • ¿Puedo emitir facturas electrónicas y físicas?

La respuesta es ¡No!

Desde el momento que una empresa o persona acepta la modalidad de emitir facturación electrónica;  toda factura y/o documento fiscal físico que no haya sido utilizado, dejará de ser válido y se deberá proceder al aviso de anulación de documentos.

  • ¿Qué busca esta modalidad?
  • Mayor control en las operaciones que reporten los contribuyentes a través de la información consignada en sus declaraciones de impuestos.
  • Determinar casos de defraudación fiscal.
  • Seguimiento a operatorias poco razonables (ej: reportar más gastos que ingresos)

 

  • Vigencia

Actualmente están obligados a afiliarse a esta modalidad, los contribuyentes que han sido notificados por parte de SAT y que voluntariamente lo hayan solicitado.

Se prevé que a partir del 2021; esto sea una obligación tributaria para todos los contribuyentes.

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